Art. Disposición adicional decimoquinta

En vigor desde 23 oct 2026
De manera bianual el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 realizará una evaluación del efecto de las modificaciones realizadas desde la perspectiva de género y se plantearán nuevas modificaciones si las medidas planteadas no han supuesto un avance hacia la ruptura del rol de las mujeres como cuidadoras ni una mayor corresponsabilidad de los hombres en las tareas de cuidado.
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