Título TÍTULO III
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 10 ene 2022
La presente ley entrará en vigor a los dos meses de su publicación en el «Boletín Oficial de Canarias».
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2022/10/31/4#disposicion-final-segunda