Título TÍTULO XICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria segunda

En vigor desde 20 may 2021
En tanto no se publiquen las relaciones de puestos de trabajo a las que hace referencia la disposición adicional quinta, la conselleria competente en materia de función pública podrá convocar procedimientos de selección de personal y provisión de puestos de trabajo de acuerdo con los elementos incluidos en la última relación de puestos de trabajo aprobada con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, adaptando en todo caso el requisito de titulación a lo establecido en la disposición adicional novena.
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eli/es-vc/l/2021/04/16/4#disposicion-transitoria-segunda

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