Capítulo CAPÍTULO V
Art. 38
En vigor desde 13 abr 2016
1. Los/las letrados/as de la Xunta de Galicia, cualquiera que sea el órgano en que desempeñen sus servicios, están sujetos a la dependencia jerárquica y funcional de la Asesoría Jurídica General.
2. Corresponde a la consejería, delegación territorial, organismo o entidad en que los/las letrados/as de la Xunta de Galicia presten sus servicios la provisión de los medios materiales necesarios para el adecuado desempeño de sus funciones.
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Proeli/es-ga/l/2016/04/04/4#art-38