Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 8 jul 2012
Antes de la celebración del contrato, en la forma prevista en el artículo anterior, el empresario pondrá explícitamente en conocimiento del consumidor la existencia del derecho de desistimiento y la duración del plazo para ejercerlo, así como la prohibición del pago de anticipos durante dicho plazo, contemplada en el artículo 13.
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Proeli/es/l/2012/07/06/4#art-10