Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección primera. La Asamblea General
Art. 51
En vigor desde 1 ago 2010
Corresponden al presidente las siguientes funciones:
a) ordenar la confección de la lista de asistentes a cargo del secretario, decidiendo sobre las representaciones defectuosas,
b) proclamar el número de socios asistentes, y en su caso, declarar constituida la asamblea,
c) dirigir las deliberaciones, haciendo respetar el orden del día,
d) proclamar el resultado de las votaciones, y
e) decidir con arreglo a las previsiones estatutarias sobre la asistencia de personas no socias cuando resulte conveniente para los intereses de la cooperativa, salvo acuerdo en sentido contrario de la asamblea.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-as/l/2010/06/29/4#art-51