Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 4.ª Participación

Art. 13 bis

En vigor desde 18 mar 2022
Las administraciones públicas vascas dispondrán de órganos o cauces a través de los cuales se articule la participación y colaboración referida en los artículos 5 o), 6 k), 7.1.k) y 25.5 de esta ley. Se añade por el de la Ley 1/2022, de 3 de marzo. Ref. BOE-A-2022-4849

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eli/es-pv/l/2005/02/18/4#art-13-bis

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