Capítulo CAPÍTULO V
Art. Disposición adicional única
En vigor desde 29 dic 2002
El Servicio Andaluz de Empleo se subroga en todos los derechos y obligaciones contraídos por la Junta de Andalucía en las competencias que le han sido asignadas.
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Proeli/es-an/l/2002/12/16/4#disposicion-adicional-unica