Art. 2
En vigor desde 10 ene 2021
La declaración del Parque Natural Montaña Palentina tiene como objetivos básicos:
1. Como objetivo prioritario conservar, proteger y mejorar los recursos naturales, su vegetación, flora, fauna, gea, agua y paisaje, preservando la diversidad genética y manteniendo la dinámica y estructura funcional de los ecosistemas.
2. Restaurar los ecosistemas y valores del Espacio que hayan sido deteriorados.
3. Garantizar la conservación de su biodiversidad y la persistencia de las especies de la flora y de la fauna singularmente amenazadas, con especial atención al oso pardo.
4. Promover el desarrollo socioeconómico de los municipios que integran el espacio natural y mejorar la calidad de vida de sus habitantes, de forma compatible con la conservación de sus recursos naturales.
5. Promover el conocimiento y disfrute de sus valores naturales y culturales, desde los puntos de vista educativo, científico, recreativo y turístico, dentro del más escrupuloso respeto a los valores que se trata de proteger.
Se modifica la denominación del Parque Natural por la disposición final 4 de Ley 4/2020, de 14 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-908#df-4
Tus anotaciones
Proeli/es-cl/l/2000/06/27/4#art-2