Título TÍTULO V
Art. Disposición final tercera
En vigor desde 17 jun 1994
La presente Ley, que se publicará de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, entrará en vigor a los veinte días siguientes de su última publicación.
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Proeli/es-ri/l/1994/05/24/4#disposicion-final-tercera