Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO II

Art. 51

En vigor desde 30 jun 1990
Se autoriza al Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales a constituir en 1990 un Fondo de Garantía Complementaria en entidades de crédito, por un importe de 400 millones de pesetas, en virtud de los Convenios de Colaboración a establecer entre el Instituto y las citadas entidades, para el establecimiento de una línea especial de crédito para actividades de producción cinematográfica. El Fondo de Garantía devengará a favor del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, la retribución que se determine en dichos Convenios, que se adicionará al fondo constituido.
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eli/es/l/1990/06/29/4#art-51

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