Título TÍTULO IX
Art. Disposición adicional cuarta
En vigor desde 1 ene 2023
La cuantía de las sanciones establecidas en la presente ley podrá ser actualizada por el Gobierno, a propuesta del Ministerio de Cultura y Deporte, de acuerdo con la variación del índice de precios al consumo.
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Proeli/es/l/2022/12/30/39#disposicion-adicional-cuarta