Capítulo CAPÍTULO I

Art. Artículo tercero

En vigor desde 7 nov 1999
El apartado 1.d) del artículo 45 queda redactado de la siguiente forma: «d) Maternidad, riesgo durante el embarazo de la mujer trabajadora y adopción o acogimiento, preadoptivo o permanente, de menores de seis años.»
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eli/es/l/1999/11/05/39#articulo-tercero

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