Art. Artículo primero

En vigor desde 17 nov 1981
El Ministerio de Hacienda procederá, en el plazo máximo de cuatro meses, a transformar el Organismo Autónomo «Consejo de Administración de Minas de Almadén y Arrayanes» en una Sociedad estatal con capital enteramente público, cifrado y desembolsado en la cuantía que se considere necesaria para un regular desarrollo de las actividades de la misma. Esta Sociedad proseguirá, desde su constitución formal, sin solución de continuidad, las actividades del mencionado Organismo Autónomo, subrogándose en todos los derechos y obligaciones del mismo,
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eli/es/l/1981/10/19/38#articulo-primero

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