Título TÍTULO PRELIMINAR
Art. 3
En vigor desde 30 sept 2015
A los efectos de esta ley se entenderá por Seguridad Nacional la acción del Estado dirigida a proteger la libertad, los derechos y bienestar de los ciudadanos, a garantizar la defensa de España y sus principios y valores constitucionales, así como a contribuir junto a nuestros socios y aliados a la seguridad internacional en el cumplimiento de los compromisos asumidos.
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Proeli/es/l/2015/09/28/36#art-3