Título TÍTULO VIII
Art. Disposición transitoria quinta
En vigor desde 1 ene 2015
Con vigencia exclusiva para el ejercicio 2015, el plazo previsto en el artículo 72.6 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, para aprobar los nuevos tipos de gravamen del Impuesto sobre Bienes Inmuebles por los Ayuntamientos afectados por procedimientos de valoración colectiva de carácter general que deban surtir efectos el 1 de enero de 2016 se amplía hasta el 31 de julio de 2015. De los correspondientes acuerdos se dará traslado a la Dirección General del Catastro dentro de dicho plazo.
Igualmente, se amplía hasta el 31 de julio de 2015 el plazo para la aprobación y publicación de las ponencias de valores totales.
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Proeli/es/l/2014/12/26/36#disposicion-transitoria-quinta