Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 16

En vigor desde 1 ene 2015
Al amparo de lo dispuesto en la Disposición adicional primera de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, y con sujeción a lo establecido en el Título III de esta Ley, se autorizan los costes de personal docente (funcionario y contratado) y del personal de administración y servicios (funcionario y laboral fijo) de la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para el año 2015 y por los importes consignados en el Anexo VI de esta Ley.
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eli/es/l/2014/12/26/36#art-16

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