Libro LIBRO SEGUNDOTítulo TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 1.ª Extinción por causas objetivas

Art. 120

En vigor desde 1 may 2025
1. Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el Capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes. 2. En los supuestos de extinción de contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores el procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. Se numera como apartado 1 y se añade el apartado 2 por la disposición final 1 de la Ley 2/2025, de 29 de abril. Ref. BOE-A-2025-8567

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2011/10/10/36#art-120

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil