Libro LIBRO PRIMEROTítulo TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 12

En vigor desde 11 dic 2011
Los conflictos de competencia entre los órganos jurisdiccionales del orden social y los de otros órdenes de la jurisdicción se regirán por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
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eli/es/l/2011/10/10/36#art-12

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