Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 3.ª Otras instituciones de inversión colectiva no financieras

Art. 39

En vigor desde 5 feb 2004
Las IIC no financieras, distintas de las IIC inmobiliarias, se regirán por lo dispuesto en esta ley y, adicionalmente, por las disposiciones especiales que apruebe el Ministro de Economía o, con su habilitación expresa, la CNMV.
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eli/es/l/2003/11/04/35#art-39

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