Art. [preambulo]

En vigor desde 27 dic 1976
El desarrollo en nuestra Patria de las Ciencias Físicas, puesto de manifiesto en el número, de titulados salidos de nuestra Universidad y en la gran demanda de estos estudios, que ha obligado a establecer Secciones y Facultades de Ciencias Físicas en la casi totalidad de las Universidades españolas, hace que en estos momentos trabajen en la industria española buen número de titulados en Física, en diferentes ramas, que abarcan la electrónica, la óptica, la meteorología, la geofísica, la informática, la mecánica, la instrumentación científica, la física médica, la medicina nuclear, las centrales nucleares, etc., y toda la investigación anexa. Por otra parte, las recientes Leyes de Minas y de Hidrocarburos reconocen la competencia profesional de Ios Licenciados en Ciencias Físicas. Los Licenciados en Ciencias Físicas se han venido agrupando hasta el momento, y con carácter voluntario, en la Asociación Nacional de Físicos de España (ANFEI), pero parece llegado el momento de crear un Colegio Profesional de Licenciados y Doctores en Ciencias Físicas, como cauce necesario de integración para la defensa de los intereses profesionales de los Físicos, en igualdad de condiciones con otros profesionales universitarios. En su virtud, y de conformidad con la Ley aprobada por las Cortes Españolas, vengo en sancionar:
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/1976/12/04/34#preambulo-pr

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil