Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional cuadragésima primera

En vigor desde 1 ene 2023
Se aplaza la aplicación de lo establecido en la disposición adicional vigésima octava de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2022/12/23/31#disposicion-adicional-cuadragesima-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil