Título TÍTULO VIII

Art. Disposición adicional centésima vigésima segunda

En vigor desde 1 ene 2023
El Gobierno impulsará la energía agrovoltaica. Asimismo, analizará factores que puedan incidir en su despegue, como el uso del suelo, la compatibilidad con las ayudas de la Política Agraria Común u otras políticas sectoriales. En el marco del Plan de Recuperación se pondrán en marcha líneas de ayuda que contemplen el desarrollo de este tipo de proyectos.
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