Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO II›Secc. Sección 3.ª Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
Art. 83
En vigor desde 1 ene 2023
Con efectos desde la entrada en vigor de esta ley, la escala a que hace referencia el párrafo primero del artículo 43 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre, será la siguiente:
Escala Transmisiones directas – Euros Transmisiones transversales – Euros Rehabilitaciones y reconocimiento de títulos extranjeros – Euros 1.º Por cada título con grandeza. 2.922 7.325 17.561 2.º Por cada grandeza sin título. 2.089 5.237 12.539 3.º Por cada título sin grandeza. 833 2.089 5.027
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Proeli/es/l/2022/12/23/31#art-83