Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 41
En vigor desde 30 abr 2008
Se considerará que las entidades contratantes que contraten la realización de obras, la adquisición de suministros o la prestación de servicios por medio de una central de compras, en los supuestos contemplados en el apartado 11 del artículo 2, han respetado las disposiciones de la presente ley siempre que la central de compras cumpla tales disposiciones o, en su caso, lo dispuesto en la Ley de Contratos del Sector Público.
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Proeli/es/l/2007/10/30/31#art-41