Título TÍTULO V
Art. Disposición final cuarta
En vigor desde 26 sept 2010
Se modifica el artículo 5 del texto refundido de la Ley de la organización comarcal de Cataluña, aprobado por el Decreto legislativo 4/2003, de 4 de noviembre, que queda redactado de la siguiente forma:
«Cualquier modificación de las demarcaciones comarcales tiene que hacerse por ley, excepto cuando se trate de modificaciones que afecten partes de términos municipales y sean consecuencia de la modificación de los límites de los correspondientes términos municipales.»
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Proeli/es-ct/l/2010/08/03/30#disposicion-final-cuarta