Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Régimen de infracciones y sanciones
Art. 40
En vigor desde 6 nov 2004
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre. Ref. BOE-A-2004-18908 . Se añaden los apartados 3.q) y 4.q) y se modifica el apartado 5.b) por el .3 y la disposición adicional 7 de la Ley 44/2002, de 22 de noviembre. Ref. BOE-A-2002-22807 . Redactado el apartado 5.b) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 33, de 7 de febrero de 2003. Ref. BOE-A-2003-2510
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1995/11/08/30#art-40