Título TÍTULO VIICapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición final decimotercera

En vigor desde 1 may 2023
Las previsiones del artículo 59.3 de la presente Ley, relativas a la implantación de sistemas digitales de gestión de los recursos hídricos y las infraestructuras hidráulicas que permitan una gestión eficiente y transparente, así como un adecuado control por parte de las Administraciones competentes, serán de aplicación en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley.
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eli/es-an/l/2023/03/30/3#disposicion-final-decimotercera

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