Capítulo CAPÍTULO XI
Art. Disposición final octava
En vigor desde 2 ago 2020
El reglamento de pesca profesional en el Mar Menor previsto en el artículo 60, deberá aprobarse en el plazo de un año a partir de la entrada en vigor de esta ley.
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Proeli/es-mc/l/2020/07/27/3#disposicion-final-octava