Art. Disposición adicional única
En vigor desde 9 mar 2019
El Colegio Profesional de Dietistas-Nutricionistas de Canarias deberá crear y mantener actualizado un registro en el que se incluirán los datos, desagregados por sexos, de las personas profesionales colegiadas, de conformidad con la normativa vigente.
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Proeli/es-cn/l/2019/02/21/3#disposicion-adicional-unica