Art. 3

En vigor desde 22 feb 2018
El Gobierno de La Rioja, en el desarrollo de sus funciones, deberá proteger, promover y difundir la tauromaquia, debido a su carácter cultural.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ri/l/2018/02/16/3#art-3

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil