Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IV

Art. 27

Derogado
En vigor desde 2 abr 2017
El tipo impositivo aplicable a los documentos notariales que formalicen la constitución de derechos reales de garantía cuyo sujeto pasivo sea una sociedad de garantía recíproca que tenga su domicilio fiscal en el ámbito de la Comunidad Autónoma de La Rioja será del 0,3%.
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eli/es-ri/l/2017/03/31/3#art-27

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