Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 5.ª Otras medidas
Art. 31
En vigor desde 1 ene 2015
A excepción de los procesos de promoción interna, se suspende la ejecución de las ofertas de empleo público vigentes cuyas convocatorias no hayan sido publicadas a la entrada en vigor del Decreto Ley 1/2012, de 19 de junio. Las ofertas de empleo público correspondientes al ejercicio 2013 no se entenderán suspendidas.
Véase, en cuanto a la suspensión de la ejecución, el párrafo segundo de la disposición adicional 4 de la Ley 6/2014, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-680 Se modifica por la disposición final 5.3 de la Ley 7/2013, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2014-592
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2012/09/21/3#art-31