Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 4

En vigor desde 17 jun 2005
1. Todas las administraciones públicas valencianas están obligadas a colaborar entre sí para conseguir los objetivos previstos en esta ley. 2. Las personas físicas y las jurídico-privadas tienen la obligación de colaborar con las administraciones públicas valencianas para conseguir los objetivos previstos en esta ley.
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eli/es-vc/l/2005/06/15/3#art-4

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