Art. [preambulo]
En vigor desde 19 feb 1999
El reto del actual marco industrial, caracterizado por el ámbito global en que se desarrolla, hace imprescindible la utilización racional de la energía como factor clave de competitividad de nuestras empresas y de la calidad de vida de nuestros ciudadanos.
Así las cosas, la armonía entre la calidad del ambiente y la utilización de la energía es básica para el desarrollo sostenido de cualquier Comunidad Autónoma, debido a que ambos son factores complementarios determinantes del mismo. De ahí que el establecimiento de una «estrategia energética autonómica» sea una actividad prioritaria por su incidencia en el desarrollo industrial, económico y social de nuestra Comunidad Autónoma.
Impulsar el desarrollo simultáneo de la economía y del empleo en Galicia, asegurar la satisfacción de la demanda energética y alentar el uso racional de la energía potenciando el desarrollo de las energías renovables que disminuyan la dependencia exterior y la conservación del ambiente son las acciones rectoras que, coordinadas en el marco del Plan Energético Nacional, orientan y definen la política de la Xunta de Galicia en materia de energía.
En un mundo de acelerados cambios tecnológicos y mercados interdependientes, la necesidad de un mayor grado de competitividad de nuestras empresas, el disponer de recursos económicos destinados a la financiación de proyectos y de investigación energética y la participación en programas comunitarios e internacionales relativos a la energía exigen de la Administración un papel dinamizador mediante la difusión y la ayuda para la aplicación de dichas tecnologías, encauzando los esfuerzos realizados en materia de investigación, formación o desarrollo.
Este reto fue recogido por la Administración Gallega, que ha desarrollado un amplio abanico de programas para favorecer la consecución de dichos objetivos. En este marco de actuaciones, se puso de manifiesto la necesidad de crear un instrumento operativo que lleve a cabo las funciones, iniciativas y programas energéticos desarrollados hasta el momento en este ámbito autonómico por distintos organismos de la Xunta de Galicia, profundizando y consolidando la tarea emprendida.
Este instrumento operativo necesita de una mayor agilidad operativa a la hora de contratar, desarrollar acciones, plasmar acuerdos y tomar decisiones que le ayuden a alcanzar de un modo eficiente sus objetivos. Por ello, se escogió la figura de un Ente de Derecho Público con personalidad jurídica propia, que se regirá en sus actividades extremas por las normas del Derecho Privado.
Así, para el desarrollo de la política energética gallega, nace el Instituto Energético de Galicia, que forma parte del sector público autonómico, con la importante ventaja de aprovechar las estructuras existentes en este campo para llevar a cabo sus cometidos y con la misión de integrar el Plan Energético de Galicia y el Plan de Ahorro y Eficiencia Energética, la atracción de nuevas inversiones para el sector, el apoyo a las empresas de transporte, distribución y comercialización de energía y a las empresas consumidoras, la explotación de las ventajas territoriales propias y los factores endógenos en materia de energía, la optimización de los sistemas técnicos, los planes de formación en energía y el apoyo a los planes de industrialización y ordenación del territorio.
Por todo lo expuesto, el Parlamento de Galicia aprobó y yo, de conformidad con el artículo 13.2 del Estatuto de Galicia y con el artículo 24 de la Ley 1/1983, de 23 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidente, promulgo en nombre del Rey, la Ley de Creación del Instituto Energético de Galicia.
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Proeli/es-ga/l/1999/03/11/3#preambulo-pr