Título TÍTULO I
Art. 1
En vigor desde 5 ago 1990
1. La presente Ley tiene por objeto regular la Función Pública de la Administración autonómica de La Rioja, en ejercicio de las competencias atribuidas por el Estatuto de Autonomía de La Rioja y en el marco de la legislación básica del Estado.
2. En lo no previsto en esta Ley, será de aplicación supletoria la legislación del Estado.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ri/l/1990/06/29/3#art-1