Art. Disposición final segunda

En vigor desde 5 may 1989
La presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de Aragón».
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ar/l/1989/04/21/3#disposicion-final-segunda

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil