Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO IVSecc. Seccion 2.ª Precios publicos

Art. 35

Derogado
En vigor desde 1 ene 1998
Corresponderá a la Comunidad Foral la exacción de los precios públicos cuando se devenguen con ocasión de entregas de bienes o prestaciones de servicios públicos realizados por la misma. Se modifica por el art. único y anejo 1.1 de la Ley 19/1998, de 15 de junio. Ref. BOE-A-1998-14068

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eli/es/l/1990/12/26/28#art-35

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