Art. Disposición final quinta

En vigor desde 2 ago 2011
Esta Ley se dicta al amparo del artículo 149.1.17.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social, salvo la disposición final primera, que se dicta al amparo del artículo 149.1.7.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva sobre la legislación laboral.
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eli/es/l/2011/08/01/27#disposicion-final-quinta

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