Art. Artículo tercero

En vigor desde 1 ene 1992
Los Oficiales y Suboficiales que pasaron a la situación de reserva activa, regulada en la Ley 20/1981, de 6 de julio, procedentes de retirado y que con dicho motivo perdieron el empleo militar inmediato superior que con carácter honorífico les había sido concedido en la situación de retiro, podrán solicitar que se les reconozca de nuevo el citado empleo honorífico con efectividad de la fecha de entrada en vigor de esta Ley.
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eli/es/l/1991/12/05/27#articulo-tercero

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