Art. Disposición final decimocuarta
En vigor desde 18 ago 2015
Las modificaciones introducidas en la Ley General de la Seguridad Social, en la ley de Clases Pasivas del Estado, en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en la Ley reguladora de la Jurisdicción Social por medio de las disposiciones finales décima a decimotercera de la presente Ley, serán de aplicación a los hechos causantes de las prestaciones del sistema de la Seguridad Social y del Régimen especial de Clases Pasivas del Estado producidos a partir de la fecha de su entrada en vigor, siempre que los hechos delictivos hayan ocurrido, asimismo, a partir de la misma fecha.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2015/07/28/26#disposicion-final-decimocuarta