Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 3

En vigor desde 5 nov 2010
La presente ley es de aplicación a las siguientes administraciones públicas de Cataluña: a) La Administración de la Generalidad. b) Las entidades que integran la Administración local. c) La Administración propia de Arán. d) Los organismos autónomos y entidades públicas dependientes o vinculados a cualquiera de las administraciones públicas catalanas cuando ejercen potestades administrativas. e) Los consorcios en los que participan de forma mayoritaria las administraciones, organismos y entidades públicas incluidos en el presente artículo, así como las entidades públicas que dependen o están vinculadas a los consorcios, cuando ejercen potestades administrativas. f) Las entidades creadas por ley del Parlamento no dependientes ni vinculadas a la Administración de la Generalidad cuando ejercen potestades administrativas.
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eli/es-ct/l/2010/08/03/26#art-3

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