Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 62

En vigor desde 1 ene 2010
La dotación al Fondo de Cooperación para Agua y Saneamiento ascenderá en el año 2010 a 300.000,00 miles de euros y se destinará a los fines previstos en el apartado 3 de la Disposición adicional sexagésima primera de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2008. El Consejo de Ministros podrá autorizar operaciones con cargo al Fondo por un importe máximo de hasta 300.000,00 miles de euros a lo largo del año 2010. El Gobierno informará semestralmente al Congreso y al Senado del importe, país de destino y condiciones de las operaciones autorizadas por Consejo de Ministros con cargo a este Fondo.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2009/12/23/26#art-62

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil