Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 13 nov 1992
Se constituirá una Comisión Mixta Paritaria con representación de la Administración del Estado y de la Federación de Comunidades Israelitas de España para la aplicación y seguimiento del presente Acuerdo.
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eli/es/l/1992/11/10/25#disposicion-adicional-tercera

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