Título TÍTULO VI
Art. 58
En vigor desde 1 abr 2017
La patente tiene una duración de veinte años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y produce sus efectos desde el día en que se publica la mención de que ha sido concedida.
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Proeli/es/l/2015/07/24/24#art-58