Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 28
En vigor desde 1 abr 2017
Las reivindicaciones definen el objeto para el que se solicita la protección. Deben ser claras y concisas y han de fundarse en la descripción.
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Tus anotaciones
Proeli/es/l/2015/07/24/24#art-28