Título TÍTULO XIVCapítulo CAPÍTULO I

Art. 153

En vigor desde 1 abr 2017
En las condiciones previstas en el CPE, la solicitud de patente europea a la que se haya concedido una fecha de presentación y la patente europea, tienen respectivamente el valor de un depósito nacional efectuado regularmente ante la Oficina Española de Patentes y Marcas y el de una patente nacional.
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eli/es/l/2015/07/24/24#art-153

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