Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO XII

Art. Disposición adicional vigésima cuarta

En vigor desde 1 ene 2002
La regulación prevista en el sección 5.a del capítulo IX bis del Título V para los recursos contra la calificación del registrador de la Propiedad es también aplicable a los recursos contra la calificación del Registrador Mercantil y del de Bienes Muebles.
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eli/es/l/2001/12/27/24#disposicion-adicional-vigesima-cuarta

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