Título TITULO VIIICapítulo CAPITULO I

Art. 86 bis

En vigor desde 18 nov 1998
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 37/1998, de 16 de noviembre. Ref. BOE-A-1998-26345 Téngase en cuenta que conservan su vigencia las especialidades previstas en el régimen de la Zona Especial Canaria de la Ley 19/1994, de 6 de julio. Se añade por el .5 de la Ley 13/1992, de 1 de junio. Ref. BOE-A-1992-12545

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eli/es/l/1988/07/28/24#art-86-bis

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