Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 52
En vigor desde 1 ene 2014
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, durante el ejercicio presupuestario de 2014 los recursos ajenos del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria no superarán el importe de 63.500.000 miles de euros.
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Proeli/es/l/2013/12/23/22#art-52